Estás de baja médica y te llega una carta de despido, o un burofax, o una llamada de recursos humanos. Es una de las situaciones laborales más angustiosas, y una de las que más nos consultan. La respuesta corta: un despido estando de baja no es ilegal por sí mismo, pero desde 2022 puede ser nulo si el verdadero motivo es tu enfermedad. Te explico cuándo es legal, cuándo no y qué hacer en los próximos días.
¿Pueden despedirme estando de baja?
Sí, la empresa puede despedirte mientras estás de baja, siempre que exista una causa real y ajena a tu enfermedad: un incumplimiento grave probado (despido disciplinario) o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (despido objetivo). Estar de baja no te blinda frente a un despido justificado.
Lo que la empresa no puede hacer es despedirte porque estás de baja o porque estás enfermo. Desde 2020 ya no existe el antiguo despido objetivo por faltas de asistencia justificadas, y desde 2022 la enfermedad es un motivo de discriminación prohibido.
Despido estando de baja: nulo, improcedente o procedente
- Procedente: la empresa demuestra la causa que alega en la carta (por ejemplo, un incumplimiento grave) y esta no tiene nada que ver con la baja. No hay indemnización en el disciplinario; en el objetivo, 20 días por año.
- Improcedente: la causa no se prueba o la carta no cumple los requisitos, pero no hay indicios de que el motivo real sea la enfermedad. La empresa elige entre readmitirte o pagarte 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
- Nulo: el despido se produce por tu enfermedad o condición de salud, o vulnera otro derecho fundamental. La empresa debe readmitirte y pagarte los salarios dejados de percibir, y puede añadirse una indemnización por daños morales.
La clave: la Ley 15/2022 de igualdad de trato
La Ley 15/2022 incluyó expresamente la «enfermedad o condición de salud» entre los motivos por los que nadie puede ser discriminado. Por eso, cuando el motivo real del despido es la baja, el despido puede declararse nulo.
Además, esa ley facilita la prueba: si el trabajador aporta indicios de que el despido se debe a su enfermedad, es la empresa la que tiene que demostrar que tenía una razón objetiva y razonable, ajena a la baja. Ojo: la nulidad no es automática. Estar de baja no basta por sí solo; hay que construir esos indicios.
Indicios de que te han despedido por estar de baja
- El despido llega poco después de iniciar la baja o cuando esta se alarga.
- La carta es genérica («bajo rendimiento», «disminución continuada») sin hechos concretos.
- La empresa reconoce la improcedencia en la propia carta y te ofrece los 33 días: a veces es una forma de evitar discutir el verdadero motivo.
- Hubo comentarios, correos o mensajes sobre tu baja, preguntas sobre cuándo volverías o presiones para que te dieras de alta.
- No han contratado a nadie para sustituirte o tu puesto sigue existiendo.
- Otros compañeros con bajas han tenido el mismo final.
Guarda todo: mensajes de WhatsApp, correos, partes de baja y confirmación, y la propia carta de despido.
¿Qué cobro si me despiden estando de baja?
- La baja continúa. Seguirás cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta que te den el alta, aunque ya no la pague la empresa sino la Seguridad Social o la mutua.
- Después, el paro. Cuando recibas el alta, podrás solicitar la prestación por desempleo si tienes cotización suficiente.
- El finiquito: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extra.
- La indemnización, según cómo se califique el despido.
Qué hacer ante un despido estando de baja: paso a paso
- Firma la carta como «recibido, no conforme» y apunta la fecha.
- Ojo con el plazo: tienes 20 días hábiles para reclamar, y la baja no lo detiene. Que estés enfermo no amplía el plazo.
- No firmes el finiquito como conforme sin revisarlo.
- Reúne pruebas de los indicios: mensajes, correos y testigos.
- Presenta la papeleta de conciliación en el servicio de mediación (en Madrid, el SMAC) y, si no hay acuerdo, la demanda. En la demanda se pide la nulidad y, subsidiariamente, la improcedencia.
Puedes estimar la indemnización por improcedencia con nuestra calculadora de indemnización por despido, y leer los pasos generales en me han despedido: qué hacer. En mi página de derecho laboral te explico cómo trabajo cada caso.