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Despido improcedente: qué hacer y qué indemnización te corresponde

Recibir una carta de despido genera, casi siempre, la misma pregunta: ¿es legal lo que ha hecho la empresa? La respuesta depende de si el despido está bien justificado, mal justificado o directamente prohibido por ley. Sólo en el segundo caso —el despido improcedente— tienes derecho a una indemnización adicional o a la readmisión.

Lo primero es revisar la carta de despido. Debe indicar con claridad los hechos concretos que la empresa te imputa y la fecha de efectos. Si la carta es vaga, genérica o no se corresponde con la realidad, hay una vía clara para impugnarla.

El plazo de 20 días hábiles

Desde la fecha de despido tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación ante el organismo correspondiente. Es un plazo de caducidad: pasado ese tiempo, pierdes el derecho a reclamar, salvo excepciones muy concretas.

Durante esos días conviene reunir toda la documentación: contrato, nóminas de los últimos meses, la propia carta de despido y cualquier comunicación previa con la empresa que pueda ser relevante.

La indemnización no es lo único que se negocia: en muchos casos, la readmisión o el finiquito acaban siendo la parte más importante del acuerdo.
— Javier Sánchez, Socio director

Qué indemnización te corresponde

Si el despido se declara improcedente, la empresa puede optar entre readmitirte con abono de los salarios de tramitación o abonarte una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, para contratos posteriores a 2012.

Cada caso tiene matices —antigüedad, tipo de contrato, convenio aplicable— que pueden cambiar sustancialmente el cálculo. Por eso conviene que un abogado revise tu situación concreta antes de firmar nada.

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