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Qué son los MASC y cuándo son obligatorios antes de demandar

MASC, medios adecuados de solución de controversias

Desde el 3 de abril de 2025, ya no se puede presentar una demanda civil sin más. La Ley Orgánica 1/2025 exige, en la mayoría de los casos, haber intentado antes una negociación con la otra parte. Son los llamados MASC: medios adecuados de solución de controversias. Si no lo haces, el juzgado no admitirá tu demanda. Te explico qué son, cuándo son obligatorios y cómo cumplir el requisito sin perder tiempo ni derechos.

¿Qué son los MASC?

La ley los define como cualquier actividad negociadora a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe para encontrar una solución fuera del juzgado, ya sea por sí mismas o con ayuda de una persona neutral. Los más habituales son:

  • Negociación directa entre las partes, o entre sus abogados. Es el más utilizado en la práctica.
  • Mediación, con un mediador profesional.
  • Conciliación, ante un notario, un registrador, un letrado de la Administración de Justicia o un juez de paz.
  • Oferta vinculante confidencial: una propuesta por escrito que, si la otra parte acepta, obliga a quien la hizo.
  • Opinión de una persona experta independiente sobre el fondo del asunto.
  • Derecho colaborativo, en el que las partes y sus abogados se comprometen a negociar sin ir a juicio.

¿Cuándo son obligatorios los MASC?

Son un requisito de procedibilidad en el orden civil: hay que acreditarlos para que se admita la demanda en casi todos los procesos declarativos y especiales. Entre ellos, por ejemplo:

  • Reclamaciones de cantidad, también el proceso monitorio.
  • Incumplimientos de contrato y reclamaciones de daños.
  • Desahucios y conflictos de alquiler.
  • Divorcios contenciosos y modificaciones de medidas.
  • Herencias, comunidades de propietarios y conflictos entre vecinos.

¿Cuándo no hace falta?

La ley excluye algunos asuntos, como:

  • La tutela de derechos fundamentales.
  • La filiación, paternidad y maternidad, y las medidas de apoyo a personas con discapacidad.
  • Las medidas urgentes de protección de menores del artículo 158 del Código Civil.
  • La recuperación urgente de la posesión de quien ha sido despojado de ella.
  • El juicio cambiario.

Tampoco es necesario para presentar una demanda ejecutiva, pedir medidas cautelares previas o diligencias preliminares, la mayoría de los expedientes de jurisdicción voluntaria ni el proceso monitorio europeo. Y esta obligación es solo civil: no se aplica a los procesos laborales, penales ni contencioso-administrativos, que tienen sus propias reglas.

Cómo se cumple el requisito, paso a paso

  1. Envía una solicitud de negociación por un medio que deje constancia (burofax, correo certificado o correo electrónico si es el medio habitual entre las partes). Debe definir bien el objeto del conflicto: el mismo que después llevarás al juzgado.
  2. Espera la respuesta. Si en 30 días naturales desde que la recibe la otra parte no contesta por escrito ni se celebra una primera reunión, el intento se considera terminado sin acuerdo.
  3. Negocia. Si hay respuesta, el proceso se da por terminado sin acuerdo si pasan 30 días desde una propuesta concreta sin contestación, si pasan tres meses desde la primera reunión sin acuerdo o si una parte lo da por terminado por escrito.
  4. Guarda la prueba. Para acreditarlo sirve un documento firmado por ambas partes o, si la otra no colaboró, el justificante de que recibió la solicitud y pudo leer su contenido.
  5. Demanda en el plazo de un año desde la recepción de la solicitud o desde que terminó la negociación. Si dejas pasar más tiempo, tendrás que repetir el intento.

Ventajas: tu plazo queda protegido

La solicitud de negociación interrumpe la prescripción (o suspende la caducidad) desde que consta el intento de comunicación. No pierdes tu derecho por intentar negociar. Además, el acuerdo que se alcance puede elevarse a escritura pública u homologarse judicialmente para que tenga fuerza ejecutiva.

¿Qué pasa si me piden negociar y no contesto?

No contestar no impide que te demanden: pasados 30 días, la otra parte puede acudir al juzgado. Pero el juez tendrá en cuenta tu falta de colaboración al decidir sobre las costas e incluso sobre posibles multas por abuso del servicio público de justicia. Si recibes una propuesta, lo prudente es responder por escrito, aunque sea para rechazarla de forma razonada.

¿Necesito abogado para los MASC?

En general, no es obligatorio, aunque sí muy recomendable: lo que se pacta o se dice en la negociación condiciona el juicio posterior. La asistencia letrada solo es preceptiva cuando se usa una oferta vinculante en asuntos de más de 2.000 euros, salvo que una ley sectorial disponga otra cosa.

Errores frecuentes

  • Negociar por teléfono sin dejar nada por escrito.
  • Plantear en la negociación un objeto distinto del que luego se reclama en la demanda.
  • Dejar pasar más de un año entre la negociación y la demanda.
  • Firmar un acuerdo sin revisar sus consecuencias fiscales o su ejecución.

Un buen burofax con una propuesta razonable cumple el requisito y, muchas veces, resuelve el conflicto. En mi página de derecho civil te explico cómo trabajo las reclamaciones.

Negociación previa
¿Tienes que reclamar o te han pedido negociar?
Preparo la solicitud de negociación o la respuesta para que cumpla la ley y proteja tu posición si después hay juicio.
Alberto Sánchez Márquez, abogado en Madrid
Sobre el autor
Alberto Sánchez Márquez
Abogado colegiado en el ICAM (n.º 134.094). Explica la actualidad jurídica en El Español, Instagram y TikTok.

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