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Incumplimiento de contrato: qué puedes reclamar y cómo hacerlo

Incumplimiento de contrato

Un proveedor que no entrega a tiempo, una reforma que se queda a medias, un cliente que cancela un encargo o un socio que no aporta lo prometido. Cuando la otra parte no cumple lo pactado hay un incumplimiento de contrato, y la ley te da herramientas para reaccionar. Te explico cuáles son, qué puedes reclamar y cómo hacerlo paso a paso, tanto si eres particular como si eres empresa.

¿Qué se considera incumplimiento de contrato?

Hay incumplimiento cuando una de las partes no realiza la prestación a la que se obligó, o no lo hace como se pactó. Puede ser:

  • Total: no se cumple en absoluto (no entrega la mercancía, no presta el servicio, no paga).
  • Parcial: se cumple solo una parte.
  • Defectuoso: se cumple, pero mal (la obra tiene defectos, el producto no es el acordado).
  • Tardío: se cumple fuera del plazo pactado, cuando el plazo era importante.

Tus dos opciones: cumplimiento o resolución

El artículo 1124 del Código Civil permite a quien sí ha cumplido elegir entre:

  1. Exigir el cumplimiento: que la otra parte haga lo que se comprometió a hacer (entregar, terminar la obra, pagar).
  2. Resolver el contrato: darlo por terminado y que cada parte devuelva lo recibido.

En los dos casos puedes reclamar además los daños y perjuicios y los intereses. Y si eliges el cumplimiento y luego resulta imposible, todavía puedes pedir la resolución.

Para resolver, el incumplimiento debe ser grave o esencial: que frustre la finalidad del contrato. Un retraso de un día o un defecto menor normalmente no basta, aunque sí puede dar derecho a una rebaja o a una indemnización.

¿Qué daños puedes reclamar?

  • Daño emergente: lo que has perdido o gastado por el incumplimiento, como pagar a otro proveedor más caro o reparar lo mal hecho.
  • Lucro cesante: lo que has dejado de ganar, siempre que se pueda probar de forma razonable (por ejemplo, ventas perdidas).
  • Intereses de demora sobre las cantidades debidas.
  • La cláusula penal, si el contrato la prevé: una cantidad fijada de antemano para el caso de incumplimiento. En general sustituye a la indemnización de daños, salvo que se pactara otra cosa.

La clave está en la prueba: hay que acreditar el incumplimiento, el daño y la relación entre ambos.

Cómo reclamar un incumplimiento de contrato: paso a paso

  1. Revisa el contrato. Plazos, obligaciones de cada parte, penalizaciones, forma de comunicación, jurisdicción y si hay cláusula de arbitraje o mediación.
  2. Reúne las pruebas. Contrato, presupuestos, correos, WhatsApp, fotos, facturas, albaranes, informes de peritos.
  3. Requerimiento fehaciente. Envía un burofax exigiendo el cumplimiento en un plazo concreto o comunicando la resolución. Constituye en mora al deudor, interrumpe la prescripción y deja claro qué reclamas.
  4. Intenta un acuerdo. Desde 2025, para demandar en vía civil hay que haber intentado antes una negociación. Muchas veces se llega a una solución: plazo nuevo, rebaja de precio o devolución.
  5. Demanda. Si no hay acuerdo, se acude al juzgado pidiendo el cumplimiento o la resolución, más los daños.

¿Y si yo tampoco he cumplido?

En los contratos con obligaciones recíprocas rige una regla básica: no puedes exigir a la otra parte que cumpla si tú tampoco has cumplido lo tuyo. A la inversa, si te reclaman y la otra parte no cumplió primero, puedes negarte a cumplir hasta que lo haga. Por eso conviene analizar bien el orden de las obligaciones antes de dar ningún paso.

Plazos para reclamar

Con carácter general, las acciones derivadas de un contrato prescriben a los 5 años desde que se puede exigir su cumplimiento. Pero cuidado: algunos contratos tienen plazos especiales mucho más cortos. Por ejemplo, la acción por vicios ocultos en una compraventa civil caduca a los seis meses desde la entrega. Si dudas, actúa cuanto antes.

Cómo evitar problemas: un buen contrato

La mayoría de los conflictos se evitan con un contrato bien redactado: obligaciones claras y medibles, plazos concretos, penalizaciones por retraso, forma de resolver discrepancias y qué pasa si alguien no cumple. Revisarlo antes de firmar cuesta mucho menos que litigar después. En mis páginas de derecho civil y derecho mercantil te explico cómo trabajo estos asuntos.

Empresas y particulares
¿No están cumpliendo tu contrato?
Mándame el contrato y cuéntame qué ha pasado. Te digo qué puedes reclamar y preparamos el requerimiento.
Alberto Sánchez Márquez, abogado en Madrid
Sobre el autor
Alberto Sánchez Márquez
Abogado colegiado en el ICAM (n.º 134.094), experto en derecho civil. Explica la actualidad jurídica en El Español, Instagram y TikTok.

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